Diccionario jurídico, letra P ( PI-PL)

Diccionario jurídico, letra P ( PI-PL).

PICAPLEITOS.Pleitista. Enredador, trapisondista. Abogado sin pleitos y a la busca de clientes .Abogado rutinario o que dilata las causas.
“PICKENTING”Con esta voz inglesa, que significa castigo del piquete, del verbo to picket, vigilar con piquetes, se denomina la vigilancia que organizan los huelguistas en las estaciones de ferrocarril y cruces de carretera, para evitar que los pertenecientes a determinado taller cesen en su actitud de huelga y para impedir que los esquiroles acudan, tras los ofrecimientos de los patronos, a ocupar los puestos vacantes.
PICOTA.Columna, pilar o rollo de piedra colocado a las entradas de los pueblos o en sus plazas para exponer los reos a la vergüenza pública o, para escarmiento general, las cabezas de los ajusticiados.
PIEZA.Parte,trozo, pedazo. Habitación o aposento de una casa. Moneda. Animal que es objeto de caza o pesca. Cada una de las partes relativamente independientes, dentro de su unidad, en que se divide un proceso o expediente.DE AUTOS.Conjunto de papeles cosidos que pertenecen a una causa o proceso.DE CONVICCION.Cualquiera de los objetos que demuestra la realidad del delito.Cualquiera prueba material de un hecho.DE PRUEBA.En las causas civiles, cada una de las partes de los autos en que por separado debe constar la prueba protesta por cada litigante y la práctica que se haga de la misma.
PIGNORACION.Acción o efecto de pignorar, prendar o empañar.
PIGNORAR.Empeñar, prendar.
PIGNORATICIO.Relativo a la pignoración, empeño o prenda.
“PIGNUS”.Voz lat. Prenda, garantía real. En el Derecho Romano lo era todo objeto que, aun no saliendo del patrimonio de un crédito, por declaración legal, por convención, por iniciativa del acreedor o por resolución del magistrado.
PIRATEAR.Apresar y robar embarcaciones y, cometer toda serie de violencias contra tripulantes y pasajeros.
PIRATERIA.La más irregular de las guerras posiblemente, la delincuencia llevada a cabo en el mar o costas poco vigiladas. El apresamiento de naves, el robo de los efectos que transporten, a asesinato de sus tripulantes o pasajeros, a violación y el secuestro caracterizan la pirateria, que se aprovecha de la soledad del mar, de la despoblación de algunas costas o de la indefensión de las naves mercantes o de las de guerra mal armadas. la piratería se ejerce por buques sin bandera o nacionalidad o que la ocultaban cuando servían a algún estado, también pirata entonces.
PLAGIO.En el Derecho Romano, el hurto de hijos o esclavos ajenos para servirse de ellos como propios, o para venderlos y lucrarse con el producto. En los países anglosajones, como reminiscencia de la vieja concepción romana, el secuestro o rapto de niños o personas mayores, con la idea de exigir el rescate en metálico. De no obtenerlo, se da muerte al detenido o secuestrado. en materia de propiedad literaria, científica o artística, la copia o imitación que no confiesa el modelo o el autor seguido.
PLAZO.Tiempo o lapso fijado para una acción. Vencimiento del mismo o término propiamente dicho. Cuota o parte de una obligación pagadera en dos o más veces. Procesalmente, el espacio de tiempo concedido a las partes para comparecer, responder, probar alegar, consentir o negar en juicio.CIERTO.El que consta que ha de llegar a cumplirse, ya sea determinado (el 31 de diciembre del año 2000), ya determinado (la muerte de una persona viviente).DE PREAVISO.Lapso que el patrono debe dar al trabajador antes de despedirlo, para que pueda durante el mismo, y gozando de libertad durante el mismo, y gozando de libertad durante algunas horas de su jornada,buscar nuevo trabajo. Espacio de tiempo durante el cual el trabajador que piense dejar una empresa debe seguir trabajando, luego de notificarle a su empresario el propósito, a fin de que pueda encontrar substituido o tomar las medidas convenientes.DELIBERATORIO.El concedido a alguien para que en su transcurso adopte una actitud resulta.INCIERTO.El que adolece de inseguridad en la producción o en el tiempo.INDETERMINADO O INDEFINIDO.Especie del plazo cierto (v.) cuando del término no está regido por una fecha concreta, y depende de un suceso más o menos eventual en el tiempo.JUDICIAL.El señalado por el juez en uso de facultades discrecionales o en uso virtud de una disposición expresa de las leyes de procedimiento. (v.Plazo legal.)LEGAL.EL que se encuentra establecido por ley, costumbre valedera, reglamento u otra disposición general.
PLEBISCITO.En la Antigua Roma, decreto de la plebe o ley votada por el pueblo convocado por tribus. propuesta por un magistrado popular (el tributo de la plebe) y en deliberación separada de los patricios y senadores. Estos plebiscitos o leyes populares sólo obligaron en un principio a los plebeyos, hasta que, creciendo su influencia, adquirieron fuerza obligatoria para los patricios también. En el Derecho Político moderno, consulta directa que se hace al pueblo acerca de una medida fundamental o sobre su voluntad de independencia o anexión. También, demostración organizada por los poderes dictatoriales para probar o aparentar, a falta de elecciones que, el pueblo apoya su política o la persona de su caudillo. En Suiza se emplea como sinónimo de referéndum (v.).
PLEITO.Etimológicamente, sentencia, decreto. Litigio judicial entre partes. Más estrictamente, causa o juicio de carácter contencioso ante la jurisdicción civil. Disputa, polémica. Pendencia, riña. Antiguamente pacto, convenio, contrato, ajuste, tratado.CIVIL.Debate contencioso ante la jurisdicción ordinaria sobre propiedad o posesión de bienes, validez de obligaciones, estado civil, alimentos y otras cuestiones de familia, herencias y sucesiones.
PLENARIO.Pleno, lleno, entero. Cumplido. En lo procesal, juicio en que se trata con mayor detenimiento acerca del derecho y pretensiones de las partes; como en el juicio de mayor cuantía. (v.Juicio plenario.)En el procedimiento criminal, fase que sigue al sumario o sumaria y en la cual se formulan los cargos y defensas.
PLENO DERECHO (DE).Locución que califica la constitución de una relación jurídica a la producción de un efecto jurídico por ministerio de la ley (v.), con independencia de acto o voluntad de las partes a quienes afecte.
PLIEGO.Trozo cuadrangular de papel, de cualquier tamaño, pero doblado por medio, de donde toma nombre. Por extensión hoja de papel, aun no doblada. Conjunto de páginas de un libro que se imprimen de una vez, y que por lo general son 16 en los libros corrientes. Memorial que los arrendatarios o asentistas presentan con las condiciones en que aceptarán el arrendamiento de una renta o cosa. Todo documento, oficio, carta o comunicación que se envía cerrado.DE CONDICIONES.Bases generales que por el gobierno, corporaciones oficiales o empresas privadas se establecen públicamente y con carácter previo a la adjudicación de una obra o prestación de un servicio, para suscripción de un empréstito o para cualquier otro acto cuando se trate más de aspiraciones que de condiciones, la locución se refiere asimismo a la exposición escrita, y excepcionalmente verbal de los trabajadores cuando reclaman concretas mejoras o remedio de las quejas que señalan, ya por solución de un conflicto existente o para evitar su planteamiento.DE POSICIONES.Escrito que contiene la serie de preguntas a cuyo tenor una de las partes exige que sea interrogada la otra, bajo confesión judicial (v.; y, además,Absolución de posiciones.).
PLUS.Sobresueldo o bonificación que se da a las tropas en campaña o por otros servicios especiales. Cualquier pago suplementario; como gratificaciones, dietas, viáticos, primas, premios, etc.PETICION.Petición o reclamación de más de lo debido. Sentencia o fallo que concede más de lo que el actor pide en la demanda o el mandato en la reconvención, lo cual permite recurrir contra el pronunciamiento.ULTRA.Loc. lay. y esp. Más allá. Cuando la cultura de los pueblos antiguos situaba de Hércules, uno de los límites del mundo, España adoptó como uno de sus símbolos el de “non plus ultra”, para autocalificarse de confín de la Tierra.
PLUTOCRACIA.Etimológicamente, el gobierno de los ricos. Influjo del dinero o de la banca en un Estado. Predominio general de la clase rica de un país.

If you like this blog please take a second and subscribe to my rss feed

Tags: , , , , , , , , , , , , ,

Comments: No comments, be the first to comment

All the fields that are marked with REQ must be filled

Leave a reply

You must be logged in to post a comment.