Diccionario de terminos económicos, letra E (ED-EM).
Edad de oro:
Situación en la que una economía sigue tal sendero de crecimiento que existen un crecimiento proporcional entre todos los sectores y pleno empleo del factor trabajo.
Efecto:
Documento de valor mercantil, sea nominativo, endosable o al portador.
Efecto público:
Documento de crédito cuyo emisor es el sector público. Todos los efectos
públicos serán admitidos a cotización en Bolsa de oficio, para lo cual será
condición previa que la emisión de los mismos haya sido publicada en el BOE indicando todas las características esenciales de la misma.
Efecto público pignorable:
Efecto público legalmente reconocido como negociable en Bolsa, que puede ser utilizado como garantía en la obtención de prestamos.
Efecto riqueza:
Variación en el consumo real de las economías domésticas en un período t
ocasionada por una modificación en el valor actual del flujo de rentas disponibles presentes y futuras originada por un cambio en el tipo de interés.
Efecto Sargant:
Disminución de la oferta de ahorro de la economía ocasionada por una
disminución en el nivel de renta o por un descenso en el ritmo de crecimiento de ésta.
Efecto Wicksell:
Aumento de valor de las existencias de capital originado por una caída en el tipo de interés.
Ejercicio:
Unidad de tiempo, generalmente constituida por doce meses consecutivos, que se acepta legal y prácticamente para referirse a él al tratar de la actividad o de los resultados económicos de una empresa y al aplicar las tasas de amortización, los porcentajes de interés, etc.
Elasticidad:
Es una medida genérica de la reacción entre dos variables ligadas por una
función, y que se aplica especialmente al análisis microeconómico y, dentro de éste, en particular en el de la demanda y la oferta.
Embargo:
Figura de Derecho procesal consistente en la ocupación e intervención judicial de determinados bienes, hecha por mandamiento de juez competente, bien por razón de delito o bien con la finalidad de sujetarlos al cumplimiento de las responsabilidades derivadas del impago de deudas o de otra obligación de índole económica.
Embargo ejecutivo:
Ocupación de una parte seleccionada del patrimonio del deudor con el objeto de resaarcir al acreedor.
Embargo preventivo:
Ocupación de bienes que, como medida precautoria, dictamina el juez al aceptar una solicitud de declaración de quiebra, con el objeto de custodiar y salvaguardar el patrimonio del presunto quebrado.
Emisión de acciones:
Ver emisión de capital.
Emisión de capital:
En una sociedad anónima es la puesta en circulación de un número determinado de acciones, cuyo valor representará el importe de la emisión realizada.
Emisión de deuda:
Conjunto de títulos de Deuda Pública creados de una sola vez y que se ponen en circulación simultáneamente. Operación mediante la cual el Estado pone en circulación los títulos de la Deuda, ofreciendo en venta al público sus empréstitos.
Emisión de obligaciones:
Puesta en circulación de obligaciones. La emisión de obligaciones se realiza para obtener recursos a largo plazo (normalmente a más de cinco años).
Empeño:
Operación consistente en obtener dinero a préstamo de forma que el prestatario deja en manos del prestamista determinados bienes como garantía del reembolso de la suma prestada.
Empresa:
Unidad económica encargada de la producción de bienes y servicios. Conjunto orgánico de factores de producción, ordenados según ciertas normas sociales y tecnológicas a fin de lograr objetivos de tipo económico.
Empresa asociada:
Empresa que tiene suscritos acuerdos de actuación con otra, que puede tener fines muy diversos. Los límites de la colaboración suelen establecerse por escrito.
Empresa cíclica:
Empresa cuya cuenta de resultados y negocio es muy sensible a la evolución del ciclo económico, de forma que en épocas de crecimiento de la economía su negocio y resultados crecen mucho y en épocas de recesión acumula pérdidas.
Empresa complementaria:
Sociedad que produce bienes o servicios que sirven como factores de la
producción para otra.
Empresa concesionaria:
Empresa que ejerce su actividad mercantil en virtud de un contrato de concesión administrativa.
Empresa conjunta:
Empresa formada por el acuerdo de dos o más, que deciden llevar adelante un proyecto común, incluso por tiempo definido, desapareciendo cuando se cumple uno u otro.
Empresa consultora:
Agrupación de profesionales que, con independencia de los intereses de firmas comerciales o de fabricación, realiza proyectos altamente especializados en materias tales como energía nuclear, ingeniería de procesos, modelos de simulación, diseño estructural, urbanísticos, evaluación coste-beneficios, etc., o ejerce funciones de asesoramiento en estas materias.
Empresa estatal:
Empresa pública controlada por el Estado que, sin estar sujeta al régimen jurídico de los organismos de la Administración, no ha sido constituida en forma societaria.
Empresa extramarginal:
Aquella que por motivaciones de precio y de mercado, entre otras, queda fuera de las posibilidades de obtención de los beneficios normales y de carácter extraordinario propios del equilibrio empresarial.
Empresa filial:
Empresa que se encuentra bajo la dependencia directa de otra sociedad matriz con la que permanece unida por vínculos de participación social. Desde el punto de vista de la gestión empresarial, se le reconoce una cierta autonomía y personalidad jurídica que la diferencia de la sucursal.
Empresa individual:
Entidad mercantil cuyo titular es una persona física (empresario individual).
Empresa imtramarginal:
Aquella que se desenvuelve en un margen o intervalo de producción y bajo unos condicionantes del mercado -en precios y características del producto fundamentalmente- tales, que le facultan para la obtención de beneficios extraordinarios o superiores a los considerados como normales en su sector o rama de actividad industrial.
Empresa marginal:
Dícese de la empresa que mantiene unas condiciones de producción que le
permiten subsistir indefinidamente sin obtener beneficios ni pérdidas.
Empresa matriz:
Empresa que participa directa o indirectamente en el capital de otras que, por tanto, forman un grupo financiero con ella.
Empresa mixta:
Su característica principal es la convivencia, dentro de la sociedad privada, del interés público con el interés privado, convivencia no siempre fácil y que es origen de frecuentes problemas.
Empresa multinacional:
Empresa en la que se propiedad y, por tanto, control administrativo, se encuentra
repartido entre varios países.
Empresa municipal:
Empresa pública en la que al menos el 50 % de las acciones son propiedad de un municipio. Sus actividades se encuadran principalmente en sectores de utilidad pública.
Empresa nacional:
Empresa pública constituida en forma societaria, controlada por el Estado o por sus organismos, y de las que se vale la Administración para la intervención directa en las actividades económicas.
Empresa nacionalizada:
Empresa privada que ha sido absorbida por el Estado, o por algunos de sus
organismos, convirtiéndose así en empresa pública.
Empresa plurinacional:
Ver empresa multinacional.
Empresa privada:
Unidad económica constituida legalmente para la realización de beneficios a través de la actividad productiva o la prestación de servicios, en la que el capital es aportado y poseído por individuos particulares.
Empresa pública:
Empresa cuya propiedad y gestión es asumida por la Administración de un país. Asumen determinados servicios o trabajan en sectores básicos o estratégicos y su actividad no exige la obtención de beneficios.
Empresa subsidiaria:
Dícese de la empresa vinculada a otra por relación jurídica de carácter
subsidiario.
Empresa subtenedora:
Ver empresa filial.
Empresa supranacional:
Empresa independiente respecto a su propiedad y control, de cualquier país. Ver empresa transnacional.
Empresa tenedora:
Ver empresa matriz.
Empresa transnacional:
Empresa que, operando en varios países a través de filiales que pueden ser
jurídicamente independientes, tiende a maximizar sus beneficios -o a cumplir culquier otro objetivo propuesto- bajo una perspectiva global de grupo, y no en cada una de sus unidades jurídicas aisladas.
Empresa vinculada:
Empresa con algún tipo de dependencia (económica, financiera, etc.) respecto de otra principal (empresa matriz), a consecuencia de lo cual las decisiones tomadas en la empresa vinculada están estrechamente determinadas o, a lo menos, condicionadas por las de la empresa principal.
Empréstito:
Modalidad de préstamo cuyo importe se divide en fracciones representadas por títulos denominados cédulas u obligaciones.
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Tags: delito, descenso, diccionario de terminos, dos variables, embargo, existencias, nivel de renta, sector público
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